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miércoles, 19 de enero de 2011

PEÑA NIETO, GOBERNADOR DEL ESTADO DE MÉXICO, VIOLÓ LA CONSTITUCIÓN Y EL COPIFE: "¡El P.R.I. sí sabe gobernar! ¡Ja-ja!

copiado de EL UNIVERSAL   www.eluniversal.com.mx


Además de tener un estado en deporables condiciones de criminalidad, marginalidad y pobreza, donde la corrupción en el gobierno es muy alta, también Peña Nieto viola la Constitución y el COPIFE,de manera cínica y arrogante, gastándose el dinero de los mexiquenses  promoviendo su figura en TV en estados donde hay comicios.

El Consejo General del IFE resolvió por mayoría que el gobernador mexiquense, Enrique Peña Nieto, violó la Constitución y Código Electoral al difundir en medios de comunicación de estados con comicios, spots relativos a su V Informe de Gobierno.
De esa forma, el Instituto Federal Electoral (IFE) ordenó dar vista al Organo Superior de Fiscalización y a la Secretaría de Contraloría del estado de México para que, bajo sus atribuciones, 'determine lo que ha derecho corresponda' y defina si amerita o no sanción el mandatario.
En sesión extraordinaria y con el voto en contra de los consejeros Marco Antonio Baños y Francisco Guerrero, el Consejo General del IFE concluyó que el mandatario violentó el Artículo 134 constitucional, al difundir sus anuncios en todo el país, del 29 de agosto al 10 de septiembre.
Ese lapso, coincide con los periodos de precampañas electorales en Baja California Sur y Guerrero, por lo que los spots son considerados 'propaganda electoral', sustentada con recursos públicos, pues fueron pagados por la Coordinación de Comunicación Social del estado.
Por ello, los consejeros Macarita Elizondo, Benito Nacif, Alfredo Figueroa y Leonardo Valdés Zurita determinaron que Peña Nieto violó también el Artículo 228 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) .
Durante la discusión, que duró más de tres horas, el representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI) ante el Consejo General, Sebastián Lerdo de Tejada, acusó de parcial al órgano electoral, pues la resolución se basó en 'meras suposiciones'.
'Veo una posición parcial, eso si me preocupa por las consecuencias y precedente', dijo, al adelantar que su partido acudirá al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para impugnar la resolución. 

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Consideró que la existencia de quejas de este tipo contra el gobernador mexiquense demuestra el 'miedo' que le tienen los partidos de oposición al mandatario.
'Pues qué tanto miedo le tienen hombre, ¿es bastante bueno? Quieren entrarle a la vía jurisdiccional el partido del gobierno, la derecha ya está en esta declaratoria frontal de confrontación', refrendó.
Al respaldar la resolución, el consejero presidente del IFE, Leonardo Valdés, dijo que es clara la violación al Artículo 134 Constitucional por parte del mandatario priista, pues difundió los promocionales fuera de su ámbito territorial.
Aclaró que la falta de sanciones al mandatario, de nueva cuenta resalta la urgencia de contar con una ley reglamentaria del Artículo 134 de la Carta Magana, por lo que exhortó a que se legisle en la materia.
En la misma sesión, el Consejo General resolvió que el spot 'Estamos… Hasta el copete!' que difunde el Partido de la Revolución Democrática (PRD) no denigra, calumnia o difama al gobierno del estado de México ni a su titular o al Partido Revolucionario Institucional (PRI) .
Lo anterior al resolver la queja que interpuso el PRI contra el PRD ante el IFE por la transmisión del referido promocional.
Los consejeros Macarita Elizondo, Benito Nacif, Alfredo Figueroa y Leonardo Valdés Zurita consideraron que dicho anuncio hace uso de la libertad de expresión y de crítica del partido del sol azteca hacía el gobierno mexiquense.
En ese sentido, indicaron que el mensaje sólo cuestiona las acciones del gobierno de esa entidad hacía 'ciertas situaciones de interés público', relacionadas con el empleo, seguridad pública, ingreso, entre otros temas.
Argumentaron que el mensaje es parte del derecho del PRD de conformar 'una opinión pública libre, informada y desinhibida', toda vez que 'su contenido no rebasa por sí mismo los límites del ejercicio de la libertad de expresión, por lo que no puede considerarse denigratorio o calumnioso'.
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